No habrá cabidad para organismos que trabajan en capacitaciones políticas o electorales
La Asamblea nacional aprobó de última hora la nueva Ley general de Regulación y control de Organismos sin fines de lucro, que sustituye la anterior Ley General sobre personas juridicas sin fines de lucro, la cual había sido presentada un día antes por el ejecutivo.
Los puntos medulares de la nueva ley apuntan a regular el quehacer de estas organizaciones, cortando cualquier posibilidad de que las mismas realicen actividades políticas o de apoyo a organizaciones sociales o críticas al gobierno.
Si bien mantienen las regulaciones para este tipo de entidades, ya contempladas en la legislación vigente, incorporan nuevos elementos relativos a la prevención de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo, sin mencionar la legislación de la materia. Es así que en virtud de esta nueva ley, las ONG o Fundaciones deben dar toda la información sobre el beneficiario final, su registro correspondiente y el origen de los fondos o donaciones que reciban.
No podrán realizar ninguna actividad política
Sin embargo la nueva norma deja claras muchas prohibiciones que tendrán estas organizaciones, tales como la prohibición de realizar proselitismo politica, realizar actividades distintas a sus objetivos y fines, no pueden intervenir en asuntos partidarios, “utilizar el esquema organizacional para violentar el orden público, promover campañas de desestabilización apoyando, facilitando e incitando a la afectaciónde la seguridad ciudadana y el ejerecicio legitimo de los derechos humanos de las familias nicaragüenses”.
Otro aspecto nuevo es que esta ley define dos categorías como organismos sin fines de lucro: aquellas de carácter religioso o caritativas, y las civiles, sociales,culturales y de educación, con lo quequeda fuera cualquier organismo que apoye actividades de pensamiento, políticas o electorales tales como Hagamos Democracia, FUNIDES, Ética y Transparencia, entre otros.
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